Plan de emergencia y contingencia ambiental frente a pérdida de contención de hidrocarburos y otras sustancias peligrosas
¿Que son los hidrocarburos y las sustancias peligrosas?
- Sustancias peligrosas: Son aquellas que aisladas o en combinación con otras, por sus características infecciosas, tóxicas, explosivas, corrosivas, inflamables, volátiles, combustibles, radiactivas o reactivas pueden causar daño a la salud humana, a los recursos naturales renovables o al medio ambiente.
- Hidrocarburos: Los hidrocarburos son compuestos orgánicos cuya estructura molecular se forma de la unión entre átomos de hidrógeno y carbono. Estos compuestos orgánicos pueden encontrarse en diferentes estados de materia: líquido, gaseoso (gas natural o por condensación) y eventualmente sólido. Se clasifican en Hidrocarburos aromáticos o árenos e Hidrocarburos alifáticos. Este término incluye al petróleo crudo, fangos, lodos y residuos de la refinación del petróleo.
Los hidrocarburos, a pesar de ser sustancias peligrosas por su naturaleza inflamable y tóxica, se encuentran comúnmente en diversos productos y actividades cotidianas, como combustibles para vehículos, productos químicos de limpieza, plásticos y materiales sintéticos, por lo cual son manejados de manera diferenciada con el fin de darle la relevancia necesaria y así poder reducir los riesgos asociados a su uso y almacenamiento.
Imagen 1. Pictogramas de clasificación de las sustancias peligrosas. Libro Naranja de las Naciones Unidas.
¿Qué es el plan de emergencia y contingencia PEC?
El Plan de Emergencia y Contingencia Ambiental es un instrumento rector de carácter técnico, operativo y administrativo, para el diseño y realización de actividades dirigidas a conocer, preparar y responder frente a los incidentes por pérdida de contención de hidrocarburos y otras sustancias peligrosas. (PNC, 2021)
De acuerdo al Plan Nacional de Contingencia 2021 dentro de las Responsabilidades y Funciones de la industria se encuentra Contar con un Plan de Emergencia y Contingencia (PEC) en su plan de gestión del riesgo de desastres, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1076 de 2015 y el Decreto 2157 de 2017, las normas que lo reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan y las demás normas vigentes aplicables en lo que hace referencia a las actividades industriales y de transporte; el PEC, cuando aplique, será presentado previamente a la autoridad competente.
De acuerdo con el Artículo 2.2.3.3.4.14, del Decreto Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible (1076 de 2015), aquellos usuarios que exploren, exploten, manufacturen, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias nocivas para la salud y para los recursos hidrobiológicos, deberán estar provistos de un Plan de Contingencia Ambiental, que deberá ser entregado a las autoridades ambientales en donde se realicen las actividades no sujetas a licenciamiento, con el fin de que estas lo conozcan y realicen seguimiento a la atención, ejecución e implementación de las medidas establecidas.
¿De qué se compone un PEC?
El Plan de Emergencia y Contingencia Ambiental establece el marco de preparación, actuación y respuesta para la atención de incidentes por pérdida de contención de hidrocarburos u otras sustancias peligrosas. Está estructurado en tres componentes básicos:
Componente Estratégico: Contiene la filosofía, los objetivos, el alcance del Plan, responsabilidades y funciones, niveles de activación, estructura básica y mecanismos de implementación y financiación.
Componente Operativo: Establece el marco de actuación de respuesta para el nivel nacional frente a las operaciones de atención y control de incidentes por pérdida de contención de hidrocarburos y otras sustancias peligrosas.
Componente Informático: Establece las bases de lo que el Plan de Emergencia y Contingencia Ambiental requiere en términos de manejo de información, a fin de que el componente operativo sea eficiente, a partir de la recopilación y actualización permanente de información.
Así mismo, la evaluación de riesgos es la base fundamental para la formulación de los Planes de Emergencia y Contingencia Ambiental. El conocimiento de las sustancias, sus peligros asociados, su comportamiento y las áreas críticas o sensibles a la presencia de un derrame, es el factor determinante para establecer una adecuada respuesta en atención a una contingencia.
Lo anterior se debe efectuar bajo los lineamientos generales para la elaboración del Plan Nacional de Contingencia frente a pérdidas de contención de hidrocarburos y otras sustancias peligrosas y el plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas, definidos en el Decreto 2157 del 2017.