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Secretaría de Ambiente capacitó a comerciantes sobre publicidad exterior visual y ruido

Secretaría de Ambiente capacitó a comerciantes sobre publicidad exterior visual y ruido

$Titulo_SEO.getData() Secretaría de Ambiente capacitó a comerciantes sobre publicidad exterior visual y ruido

Capacitación en publicidad exterior

  • La Secretaría de Ambiente ha realizado 1.261 operativos de sensibilización y control sobre publicidad exterior visual, con los que ha llegado a 8.956 establecimientos comerciales, entre julio de 2020 y julio de 2024,
  • En 2024, se aprobó que los elementos de Publicidad Exterior Visual (PEV) regulados por la normatividad vigente, que sean inferiores a ocho metros cuadrados (8 m²), no requieren el trámite de solicitud ambiental.
  • La consulta de los registros evaluados y otorgados por la entidad se puede realizar por medio del Sistema Integrado de Información de Publicidad Exterior Visual ¿ SIIPEV, en el enlace https://siipev.ambientebogota.gov.co/.
  • Los tenderos recibieron información sobre emisión de ruido, enfocada en el marco regulatorio, estándares máximos permisibles de emisión de ruido y responsabilidades de los propietarios frente a las fuentes de emisión sonora.

Bogotá, 16 de septiembre de 2024. (@AmbienteBogota). La Secretaría Distrital de Ambiente realizó una capacitación en publicidad exterior visual y ruido dirigida a establecimientos comerciales. Durante la jornada, expertos en la materia abordaron los cambios en la normativa, destacando las modificaciones de 2024 con el Plan Distrital de Desarrollo, a través del Acuerdo Distrital 927 de 2024, en su artículo 227.

"Desde la Secretaría Distrital de Ambiente queremos proporcionarles las herramientas necesarias para que puedan gestionar adecuadamente la publicidad exterior visual. Además, queremos apoyarlos en el manejo del ruido en sus locales comerciales. Nuestro objetivo es que estas capacitaciones lleguen a todos los comerciantes de las 20 localidades de la ciudad. Les recomendamos que se pongan en contacto con nosotros a través de los gestores locales de la entidad para que podamos trabajar juntos y cumplir con las normativas", precisó Daniela García, subdirectora de Calidad del Aire, Auditiva y Visual de la Secretaría de Ambiente.

La Secretaría de Ambiente ha realizado, entre julio de 2020 y julio de 2024, un total de 1.261 operativos de sensibilización y control sobre publicidad exterior visual, con los que ha llegado a más de 8.956 establecimientos comerciales.

Además, este año se aprobó que los elementos de Publicidad Exterior Visual ¿ PEV regulados por la normativa vigente, que sean inferiores a ocho metros cuadrados (8 m²), no requieren el trámite de solicitud ambiental.

"Esta capacitación ha sido muy útil para reforzar el conocimiento sobre publicidad exterior visual y la normativa que deben cumplir los comerciantes e industriales. Nos ha permitido comprender mejor los permisos y regulaciones de letreros, vallas y otros elementos publicitarios que a menudo no conocemos, y cómo la Secretaría nos apoya con el marco normativo. También es importante conocer no solo nuestro sector, sino cómo se aplican las normas en otras áreas, para reportar posibles incumplimientos a la Secretaría Distrital de Ambiente", comentó Paula Luque, representante del Centro Comercial Unicentro.

Por otro lado, se les informó a los más de 40 asistentes que las entidades distritales, sociedades y agremiaciones han trabajado durante un año con la Secretaría de Ambiente en la actualización de las condiciones y articulaciones pertinentes a la Publicidad Exterior Visual y sus nuevas formas de implementación.

Cabe resaltar que la autoridad ambiental de la capital, a través de la Subdirección de Calidad del Aire, Auditiva y Visual, realiza visitas de control y seguimiento a los establecimientos comerciales que cuentan con publicidad regulada o no regulada.

También supervisa los elementos instalados en espacio público que se evidencien como irregulares. Sin embargo, la entidad no tiene la competencia para desmonte, retiro o remoción de dichos elementos, como lo establece la Ley 1801 de 2016.

Este año, la entidad ha llevado a cabo capacitaciones en las Alcaldías Locales de San Cristóbal, Antonio Nariño, Chapinero, Fontibón y Suba. De manera virtual, se han realizado tres capacitaciones para entidades distritales y gubernamentales, y dos para sociedades comerciales convocadas por la Andi y la misma Secretaría de Ambiente, en el marco del cumplimiento de la gestión ambiental empresarial.

La próxima capacitación presencial sobre publicidad exterior visual y ruido se realizará en Ciudad Bolívar. La entidad también está evaluando los comentarios remitidos por las entidades, sociedades y gremios involucrados en el proyecto de acuerdo sobre publicidad exterior visual, en busca de socializar el estado de la información.

Durante la capacitación, los asistentes también recibieron información actualizada sobre la emisión de ruido, con el objetivo de que los comerciantes reduzcan la contaminación acústica en sus locales y eviten infracciones ambientales o sanciones.

"Es fundamental que los comerciantes comprendan que deben cumplir con los estándares máximos permisibles de emisión de ruido de acuerdo con el horario y el uso del suelo. Además, es importante destacar que la Secretaría de Ambiente no emite certificados ni permisos para avalar la emisión de ruido", explicó Angie Paola Pereira, gestora técnica de emisión de ruido de la Subdirección de Calidad del Aire, Auditiva y Visual.

Proteger la salud y preservar la calidad del ambiente son pilares fundamentales para la autoridad ambiental de la ciudad. Por ello, estas capacitaciones buscan promover en los comerciantes una cultura de responsabilidad frente a las fuentes de emisión sonora y la publicidad exterior visual.

Para tener en cuenta: cambios en la normativa de publicidad exterior

Inicialmente, la Publicidad Exterior Visual se regulaba bajo la Ley 140 de 1994, los Acuerdos Distritales 01 de 1998 y 12 de 2000, y los Decretos Distritales 959 de 2000 y 506 de 2003.

En 2024, con la implementación del Plan Distrital de Desarrollo mediante el Acuerdo Distrital 927 de 2024, el artículo 227 establece que "únicamente serán objeto de registro los elementos que cuenten con una dimensión igual o superior a ocho (8) metros cuadrados", lo que significa que los elementos con menor área no requerirán solicitud de registro. Sin embargo, esto no exime del cumplimiento de las demás condiciones establecidas en los decretos distritales vigentes.

Estándares máximos permisibles de emisión de ruido Artículo 9 Tabla 1

Resolución 0627 de 2006

Tabla estandares

Si tiene alguna duda adicional sobre tema emisión de ruido o publicidad exterior visual, por favor remita la solicitud a: atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co