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Candidatos y partidos políticos deben retirar publicidad exterior electoral en Bogotá
Candidatos y partidos políticos deben retirar publicidad exterior electoral en Bogotá
- La Resolución 707 del 04 de mayo de 2023 establece que la limpieza y remoción de publicidad electoral es responsabilidad de los anunciantes.
- Las multas, contempladas en la Ley 1333 de 2009 (proceso sancionatorio ambiental), están entre 1 y 5000 salarios mínimos legales vigentes, de acuerdo con la capacidad económica del infractor.
Bogotá, 8 de noviembre de 2023. (@AmbienteBogota). La Secretaría de Ambiente invita a los candidatos y partidos políticos para que retiren la publicidad electoral de las pasadas contiendas y cumplan con la norma ambiental en esta materia. La Resolución 707 del 4 de mayo de 2023 indica que esta debe ser retirada dentro de los 10 días calendario después de finalizar las elecciones.
"En Bogotá se acabó la temporada electoral y después de haber celebrado ese festejo por la democracia llega el momento de retirar la publicidad política. Por resolución, la publicidad exterior visual que tenga contenido político debe retirarse hasta el 8 de noviembre y es responsabilidad de cada uno de los anunciantes", afirmó la secretaria de Ambiente, Carolina Urrutia.
Además, esta Resolución establece que la limpieza y remoción de publicidad electoral es responsabilidad de los anunciantes, por eso avisos, vallas, pendones, vehículos y espacio público deberán ser retirados dentro de los plazos establecidos para evitar cualquier tipo de sanción.
"Como autoridad ambiental procederemos a iniciar los procesos administrativos sancionatorios necesarios. Es de recordar que las multas pueden ir desde uno hasta 5000 salarios mínimos y esta suma puede estar hasta los 5800 000 000 millones de pesos. Una recomendación a los candidatos y partidos, por favor retiren su publicidad, es su responsabilidad y la ciudad cuenta con ello", afirmó la secretaria de Ambiente, Carolina Urrutia.
La Secretaría Distrital de Ambiente realizará acciones de inspección, vigilancia y control para verificar el cumplimiento de la norma. En caso de encontrar incumplimientos, la entidad adelantará los procedimientos sancionatorios ambientales a que dé lugar.
¿Qué es la publicidad exterior visual?
Es el medio de comunicación masiva que busca llamar la atención del público a través de mensajes o elementos visuales, vallas, avisos, vehículos, tableros electrónicos, pasacalles, pendones, colombinas, globos, entre otros. Los afiches únicamente son permitidos en Bogotá para este fin si se encuentran ubicados en mogadores (similares a los presentes en los paraderos del SITP) o carteleras locales.
Quienes incumplan con las normas ambientales en materia de publicidad exterior visual podrán ser objeto de procesos sancionatorios que pueden terminar en multas, como lo establece la Ley 1333 de 2009.