Línea de seguimiento y evaluación
Desde la línea de evaluación y seguimiento, el Grupo Fauna Silvestre de la Secretaría Distrital de Ambiente se encarga de verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente a través de inspecciones al embarque de fauna silvestre para exportaciones, importaciones o tránsito. Igualmente, se encarga de verificar la documentación generada para licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental establecidos en la ley y los reglamentos que avalan la movilización de especímenes de la flora y fauna silvestre (126PM04-PR64).
Evaluación de permisos de aprovechamiento de fauna silvestre
El grupo se encarga de la evaluación de las solicitudes de otorgamiento, renovación o modificación de permisos para aprovechamiento legal de fauna silvestre. Dichos permisos son actos administrativos debidamente motivados mediante los cuales la autoridad ambiental viabiliza la realización de actividades de aprovechamiento sobre el recurso fauna silvestre, de un modo y a un ritmo que no ocasione su disminución en el largo plazo y se mantengan las posibilidades para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones actuales y futuras (126PM04-PR26).
Seguimiento a permisos de aprovechamiento de fauna silvestre
Procedimiento mediante la cual se garantiza que la actividad de aprovechamiento legal del Recurso Fauna Silvestre autorizada por parte de la SDA a una empresa, institución o persona natural, se realice dentro del marco normativo y conforme a las obligaciones impuestas por la autoridad ambiental (127PM04-PR27).
Permiso de recolección de especímenes de fauna silvestre con fines de investigación científica no comercial
Se establecen los pasos necesarios para la evaluación técnica de los permisos de investigación científica en biodiversidad, solicitados por personas naturales o jurídicas, a fin de determinar su viabilidad o inviabilidad y remitirlas al área encargada de expedir el correspondiente acto administrativo (126PM04-PR28).
Salvoconducto único nacional para la movilizacción de especímenes de fauna silvestre
El grupo atiende las solicitudes de expedición de salvoconductos únicos nacionales para la movilización de especímenes de fauna silvestre, los cuales son documentos que expide la autoridad ambiental para autorizar el transporte de especímenes de la diversidad biológica en el territorio nacional (PM04-PR25).