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Plan de choque para controlar generadores de residuos hospitalarios
- La SDA hizo requerimiento a 875 regulados por vertimientos a alcantarillado.
- La falta más común es operar sin los registros de vertimientos y no garantizar la gestión externa de los residuos.
- Durante el año 2014 la Autoridad Ambiental realizó control a 537 establecimientos.
- La Autoridad Ambiental verificó que 8.354 toneladas de residuos hospitalarios fueran a su destino final.
- En la vigencia 2014 se tramitaron 411 registros de vertimientos y se radicaron 61 solicitudes de permisos para el mismo tema.
Bogotá, julio 13 de 2015 (SDA). La Secretaría Distrital de Ambiente inició los operativos de control ambiental para el cumplimiento de la normatividad vigente para el manejo de residuos hospitalarios y similares, además de los vertimientos generados en los establecimientos de atención en salud, tales como servicios médicos, odontológicos, terapéuticos y de diagnostico.
Las jornadas de control se estarán realizando por un grupo interdisciplinario de profesionales que pertenecen a la subdirección de Control Ambiental al Sector Público y se extenderán durante todo el mes de julio, en las cuales se espera visitar 120 establecimientos para verificar el cumplimiento a la normatividad ambiental vigente.
En lo que va corrido del mes de julio se han realizado visitas a 45 establecimientos en las localidades de Usaquén, Teusaquillo y Chapinero.
Para quienes no cumplan con los requerimientos mínimos exigidos se les iniciará un proceso sancionatorio. Las multas podrían llegar hasta los 5 mil salarios mínimos mensuales vigentes.
Las veterinarias y empresas prestadoras de servicios de salud son las que más presentan irregularidades por funcionar sin permiso de vertimientos e incumplir las normas establecidas para esta actividad y para residuos hospitalarios y similares.
Con esta medida la Secretaría Distrital de Ambiente busca disminuir los riesgos a los que están expuestos los habitantes de la ciudad, por la inadecuada gestión de los residuos hospitalarios y similares, además de los vertimientos de interés ambiental y sanitario. Los controles también se extenderán a establecimientos destinados al trabajo sexual, peluquerías, veterinarias, servicios de estética y cosmetología, droguerías, entre otros.
La ley establece multas diarias hasta por 5 mil salarios mínimos mensuales vigentes, según procedimiento sancionatorio ambiental (Artículo 40, Ley 1333 de 2009).
La autoridad ambiental hace un llamado a los establecimientos que no tienen registrados sus vertimientos, para que lo hagan a través de la página web de la Secretaría de Ambiente: www.ambientebogota.gov.co.