Subsistema de información sobre uso de recursos naturales renovables - SIUR
Registro Único Ambiental - RUA - Manufacturero
- Manual de diligenciamiento aplicativo vía web del Registro Único Ambiental ¿ RUA - para el sector manufacturero.
- Instructivo para verificación de datos Capítulo VIIIB Registro Único Ambiental -RUA.
- Archivo en excel para verificación de datos capítulo VIIIB Registro Único Ambiental -RUA
Desde enero de 2008 la Secretaría Distrital de Ambiente entró en el proceso de inscribir a todos los generadores de residuos o desechos peligrosos a nivel Distrital, en cumplimiento de lo ordenado por la Política Nacional de Residuos Sólidos y la Resolución Nacional 1362 de 2007.
El proceso de inscripción a este registro es el siguiente: en el caso de Bogotá, primero se debe enviar una carta a la Secretaría Distrital de Ambiente, utilizando el formato establecido en la Resolución 1362 de 2007 y en cual, solicitan la asignación de la las claves correspondientes para diligenciar el Registro. Esta carta debe incluir los datos de la empresa u organización (razón social, NIT, dirección, teléfono, representante legal, entre otros).
Posteriormente, la entidad encargada, en este caso Secretaría de Ambiente, responderá al generador, informándole el usuario y la clave asignado para que mediante la página web http://kuna.ideam.gov.co/
Información como los datos de la empresa, del establecimiento, identificación de bienes y servicios utilizados, qué clase de residuos peligrosos genera, y descripción de los procesos o actividades, son algunos de los ítems que encontrarán en este registro.
Por lo anterior, es de gran importancia que cada empresa consolide su diagnostico de generación y manejo de residuos peligrosos con el objetivo de clasificar y cuantificar los residuos que genera.
Luego de diligenciar en su totalidad el registro, el generador deberá cerrar el formato vía web e imprimir el comprobante de registro, el cual debe conservar como prueba de que cumplió con el trámite ambiental.
Finalmente, los generadores que se hayan registrado deben actualizar anualmente ante la autoridad ambiental, a más tardar hasta el 31 de marzo de cada año, toda la información reportada en el primer Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos.
Reporte al inventario de PCB
La Resolución 222 de 2011, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establece los requisitos para la gestión ambiental integral de equipos y desechos que consisten, contienen o están contaminados con BifenilosPoliclorados (PCB).
La población responsable de esta obligación, puede acceder a la plataforma desde este enlace: http://pcb.ideam.gov.co/pcb/ y diligenciar el formato de inventario de acuerdo con los instructivos correspondientes, que se encuentra a continuación:
- Manual de diligenciamiento via web del inventario de bifenilos policlorados (pcb) Cargue individual.
- Manual de diligenciamiento del inventario de bifenilos policlorados (pcb) Cargue masivo.