Instancias de participación ambiental
La Constitución Política de Colombia consagra en el artículo 1 y 2 que 'Colombia es un Estado social de derecho (...) democrática, participativa y pluralista', que son fines esenciales del Estado: facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación'.
La alcaldía de Bogotá, en congruencia con nuestra constitución, a través del Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024, Acuerdo 761 de 2020, "Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del S.XXI, aborda la participación ciudadana como un derecho, mediante el cual, se aproxima la ciudadanía a la construcción del Nuevo Contrato Social y Ambiental, así como la forma, en que el gobierno de manera transversal a su acción entiende su relación con ésta, a través, fundamentalmente, del modelo de gobierno abierto, con el objeto de construir colectivamente, generando confianza y empoderamiento ciudadano para la defensa y reconocimiento de sus intereses y los de la ciudad".
Para cumplir este fin, la Secretaría Distrital del Ambiente cuenta con un Plan de Participación que se desarrolla a través de diferentes instancias como el Consejo Consultivo de Ambiente, el Voluntariado Ambiental y las Comisiones Ambientales Locales.
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