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SDA · Trámites

Autodeclaración por impacto y concepto previo ambiental para trámite de licenciamiento urbanístico y actos de reconocimiento de usos industriales


Descripción del trámite

Evaluar las acciones de mitigación de impactos ambientales, conforme a la normatividad vigente aplicable en el marco del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, D. C.

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Guía de trámites

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¿Qué es?

El Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Bogotá, D.C., adoptado mediante el Decreto Distrital 555 de 2021, establece que, en el marco del trámite de licenciamiento urbanístico y de los actos de reconocimiento de usos industriales para industrias existentes, el interesado debe presentar una autodeclaración ante la autoridad ambiental competente.

Esta autodeclaración debe contener la elección de cada uno de los aspectos relacionados con el ejercicio de la actividad industrial que se desea implantar o reconocer, así como el tipo de industria aplicable, conforme a la clasificación de usos industriales definida en el POT.

¿Qué es y qué no es?

La autodeclaración por impacto ambiental para usos industriales es un requisito dentro del trámite de licenciamiento urbanístico y de los actos de reconocimiento de usos industriales. La respuesta que emite la Secretaría Distrital de Ambiente solo puede utilizarse para este fin.

No es una licencia ambiental, ni un permiso, concesión o autorización de carácter ambiental. Tampoco corresponde a un estudio de impacto ambiental.

¿Quiénes deben hacerlo?

Deben presentarla las personas interesadas en solicitar un licenciamiento urbanístico o un acto de reconocimiento para cualquier industria en la ciudad que se clasifique en alguna de las siguientes categorías de uso industrial:


Producción artesanal

Industria liviana

Industria mediana

Industria pesada

No aplica para usos comerciales ni de servicios.

Trámite de autodeclaración por impacto ambiental

¿Cómo presentar la autodeclaración?

Puede presentar la autodeclaración por impacto ambiental para usos industriales a través de la Ventanilla Virtual de la Secretaría Distrital de Ambiente:

Ventanilla Virtual

Para realizar el trámite:

  1. Ingrese a la Ventanilla Virtual.
  2. Seleccione la opción Manejo de Obras, Escombros, Llantas y Hospitalario, tal como se muestra en la imagen correspondiente.
  3. Seleccione la opción Auto Declaración por Impacto Ambiental – Uso, según la imagen de referencia.

Tenga en cuenta que, al cargar la información, debe hacer clic dos veces en los botones Siguiente o Guardar para que el sistema registre correctamente los datos.

Si presenta dificultades con el aplicativo, comuníquese a través de los canales de atención al ciudadano: canales de atención y pida una cita

Resultado de la autodeclaración

Una vez la Secretaría Distrital de Ambiente recibe y verifica la documentación requerida, emite una respuesta dentro de un plazo de 30 días hábiles.

Para los casos de industrias medianas o pesadas, la comunicación oficial contiene el concepto de la entidad sobre las actividades, procesos e impactos ambientales declarados.

Más información


Consulte información adicional sobre este trámite en:

Auto declaración por impacto y concepto previo ambiental

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