Permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas

El permiso de Emisión para Fuentes Fijas es el que concede la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo, para que una persona natural o jurídica, pública o privada, dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales respectivas, pueda realizar emisiones al aire. El permiso sólo se otorgará al propietario de la obra, empresa, actividad, industria o establecimiento que origina las emisiones y aplica para todos los procesos productivos que establece la Resolución 619 de 1997 y el decreto 1076 del 2015.
 
Los permisos de emisión por estar relacionados con el ejercicio de actividades registradas por razones de orden público, no crean derechos adquiridos en cabeza de su respectivo titular, de modo que su modificación o suspensión, podrá ser ordenada por las Autoridades ambientales competentes cuando surjan circunstancias que alteren sustancialmente aquellas que fueron tenidas en cuenta para otorgarlo, o que ameriten la declaración de los niveles de prevención, alerta o emergencia.
 
Los usuarios interesados en solicitar un Permiso de Emisiones Atmosféricas para Fuentes Fijas deberán cumplir con los siguientes requisitos del trámite:
 

1. Verifique si su actividad comercial requiere permiso de emisiones: Industrias, obras o actividades que requieren permiso emisión

2. Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones establecidas:

  • Descargar y diligenciar el formulario único nacional de solicitud de permiso de emisiones atmosféricas fuentes fijas y Lista de chequeo de documentación requerida o reclamarlo en los puntos de atención.
  • Ser propietario del predio, presentar el Certificado de Tradición y Libertad del Inmueble, con fecha de expedición no superior a 3 meses.
  • Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no superior a un mes, para el caso de sociedades.
  • Para junta de acción comunal presentar el Certificado de existencia y representación legal o del documento que haga sus veces, expedido por la autoridad competente, con fecha de expedición no superior a 3 meses.
  • Poder, mandato o cualquier mecanismo de representación otorgado formalmente. (En caso de no ser el representante legal o titular de quien realice el trámite).
  • Información meteorológica básica del área de afectación por las emisiones, la cual puede ser solicitada en el IDEAM.
  • Concepto de Uso del Suelo del establecimiento, obra o actividad expedido por la autoridad distrital competente, o en su defecto, los documentos públicos u oficiales contentivos de normas y planos, o las publicaciones oficiales que sustenten o prueben la compatibilidad entre la actividad u obra proyectada y el uso permitido del suelo.
  • Descripción de las obras, procesos o actividades de producción, mantenimiento, tratamiento, almacenamiento o disposición, que generen las emisiones y los planos que dichas descripciones requieran.
  • Flujograma con indicación y caracterización de los puntos de emisión al aire, ubicación y cantidad de los puntos de descarga al aire, descripción y planos de los ductos, chimeneas o fuentes dispersas, indicación de sus materiales, medidas y características técnicas.
  • Documento con la información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión, proyecciones de producción y cambios de tecnología a 5 años.
  • Planos del diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, indicando su ubicación e información de ingeniería.
  • Información sobre consumo de materias primas, combustibles y otros materiales utilizados.
  • Informar si utiliza controles al final del proceso para el control de emisiones atmosféricas, o tecnologías limpias o ambos.
  • Plancha Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC de ubicación del proyecto.
  • En caso de no ser el propietario o ser en tenedor del predio presentar prueba idónea de la posesión o tenencia del predio.
  • Estudio técnico de dispersión, para el caso de refinería de petróleos, fábricas de cemento, plantas químicas y petroquímicas, siderúrgicas, quemas abiertas controladas en actividades agroindustriales y plantas termoeléctricas.

3. Estudio técnico de evaluación de las emisiones de sus procesos de combustión o producción; se deberá anexar además información sobre consumo de materias primas combustibles u otros materiales utilizados.

4. Diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, su ubicación e informe de ingeniería. (Si aplica)

5. Realizar el pago del Permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas de acuerdo a lo establecido en la resolución 0324 del 17 de marzo de 2015 "Por la cual se fijan las tarifas para el Cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental y se dictan otras disposiciones" y aquellas que la modifiquen y/o deroguen.

  • Solicitar el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de emisiones para fuentes fijas".
  • Imprimir el recibo generado por el Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del Banco de Occidente.

6. Radicar la documentación en los puntos de atención antes mencionados o en nuestros canales de atención

7. Recibir la visita donde se verificará que se cumplan los requisitos establecidos.

8. Como respuesta se obtiene la Resolución con decisión de fondo sobre el Permiso de emisión atmosférica fuentes fijas.